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Buzón Tributario

El Buzón Tributario es el canal de comunicación oficial entre el SAT y los contribuyentes, disponible en el portal del SAT. A través de él recibes notificaciones, requerimientos, resoluciones y puedes enviar trámites electrónicos.

El Buzón Tributario es el sistema de comunicación electrónica oficial del SAT con los contribuyentes, establecido en el artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación. Es obligatorio habilitarlo para todos los contribuyentes con RFC activo. **¿Qué llega al Buzón Tributario?** - Notificaciones de actos administrativos del SAT (requerimientos, resoluciones, multas). - Invitaciones para regularización fiscal. - Avisos de discrepancias entre ingresos declarados y CFDIs registrados. - Respuestas a trámites iniciados en línea. - Resoluciones de devoluciones de impuestos. - Cancelaciones de CFDI pendientes de aceptación. **¿Cómo acceder?** El Buzón Tributario está disponible en sat.gob.mx > Mi Portal > Buzón Tributario. Se accede con RFC + contraseña o con e.firma. **Habilitación obligatoria:** Desde 2020, el SAT puede hacer notificaciones válidas a través del Buzón Tributario aunque el contribuyente no lo haya habilitado. Si no configuras un correo electrónico y número de teléfono para notificaciones, puedes perder plazos de respuesta a requerimientos del SAT, lo que puede derivar en multas. **Plazo de respuesta:** Una vez que una notificación del SAT llega al Buzón (o transcurren 3 días si no lo tienes habilitado), empiezan a correr los plazos legales de respuesta. Ignorar el Buzón puede resultar en créditos fiscales firmes. **Acepta/rechaza cancelaciones de CFDI:** Cuando un emisor quiere cancelar un CFDI que te emitió, tu aceptación o rechazo llega a través del Buzón Tributario. Tienes 3 días hábiles para responder; si no contestas, se considera aceptada la cancelación.
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